Sí. Una vez que se produce el encuentro con el niño, niña o adolescente, el Servicio de Protección sigue presente en el proceso.
Esto se realiza mediante:
- Visitas domiciliarias y participación en talleres formativos u otro tipo de intervenciones, según las necesidades de cada familia.
- Un juzgado de familia acoge la adopción del niño, niña o adolescente en favor de la familia que ya ha sido declarada como idónea y ordena que sea inscrito en el Servicio de Registro Civil e identificación, como hijo o hija de los adoptantes.