En caso de que la Oficina Local de la Niñez (OLN) detecte una situación de riesgo vital debe solicitar una medida de protección al Tribunal de Familia o con competencia en familia de manera inmediata.
En este caso, será el Tribunal de Familia el que ordene el ingreso directo a un programa de cuidado alternativo, mientras se realiza el Diagnóstico y Plan de Intervención individual (PII) -desde el programa de Diagnóstico Clínico Especializado- estando el niño, niña o adolescente en el proyecto de cuidado alternativo.