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¿Cómo se realizará el pago del informe de evaluación diagnóstica y del Plan de Intervención Individual (PII) inicial elaborado?

Respecto de los pagos, es importante señalar que sólo se considera "prestación a pago" cuando el informe final ha sido presentado y evacuado.

De este modo, tendrán derecho a pago los informes que hayan sido entregados a los Tribunales de Familia o con competencia en familia , dentro de un mes en curso, al mes siguiente de su prestación.

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