Datos de contacto gestores y gestoras de Colaboradores.
Región Nombre Gestor(a) Correo-e
Antofagasta Victoria Torrico vtorrico@mejorninez.cl
Atacama Arturo Ponce aponce@mejorninez.cl
Coquimbo Pendiente Pendiente
Valparaíso Rodrigo Castillo rcastillo@mejorninez.cl
Metropolitana Diego Letelier dletelier@mejorninez.cl
Metropolitana Celeste Vinet mvinet@mejorninez.cl
O´Higgins Carolina Agurto cagurto@mejorninez.cl
Maule Cecilia Sepúlveda cesepulveda@mejorninez.cl
Ñuble Marly Muñoz mbmunoz@mejorninez.cl
Bio Bío Ismael Sepúlveda isepulveda@mejorninez.cl
Araucanía Priscila Roco proco@mejorninez.cl
Los Ríos Diego Martínez dmartinezr@mejorninez.cl
Los Lagos Karen Carvallo kcarvallo@mejorninez.cl

*Para las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Aysén y Magallanes, pueden escribirnos al correo gestion.colaboradoresdn@mejorninez.cl.

Resolución Exenta, Memorándum y Anexos:

Documento Enlace
1 Resolución Exenta N° 10 Descargar
2 Anexo N°1, Anexo N°2, Anexo N°3, Anexo N°4, Anexo N°5, Anexo N°6, Anexo N°7 y Anexo N°8 Descargar
3 Memorándum N° 355, de fecha 21 de agosto de 2023, Remite Nota Técnica para la supervisión técnica de la oferta de Diagnóstico Ambulatorio (DAM) por término de modalidad Descargar
4 Resolución Exenta N° 563, de fecha 29 de mayo de 2023, que aprueba procedimiento de traspaso de casos y área de promoción de las Oficinas de Protección de Derechos a las Oficinas Locales de la Niñez por término de la línea de acción Descargar
5 Memorándum N° 141D, de fecha 13 de septiembre de 2023 Descargar
6 Nota Técnica Metodología para la aplicación de la función de asesoría para la supervisión técnica de la oferta de cuidado alternativo residencial Descargar


Informes de Supervisión

Documento Enlace
1 INFORME DE SUPERVISIÓN 2023 - Linea de Acción: Intervención Ambulatoria de Reparación - Proyectos Ambulatorios (Excluye PRI, PPF, OPD, DAM, FAE, FDD, FAE Captación, Residencias, Fundaciones Y Centros de Organismos Coadyuvantes) Descargar
2 INFORME DE SUPERVISIÓN 2023 - Linea de Acción: Cuidado Alternativo Familiar - Informe de Supervisión Proyectos de Familia de Acogida (FDD-FAE-/PRO-FAE) Descargar
3 INFORME DE SUPERVISIÓN 2023 - Linea de Acción: Diagnóstico Clínico Especializado y Seguimiento de Casos y Pericias - Programa Diagnóstico Ambulatorio Descargar
4 INFORME DE SUPERVISIÓN 2023 - Linea de Acción: Fortalecimiento y Vinculación - Proyectos Ambulatorios Oficinas de Protección de Derechos (OPD) Descargar
5 INFORME DE SUPERVISIÓN 2023 - Linea de Acción: Cuidado Alternativo Familiar - Informe de Supervisión Proyecto de Captación de Familia de Acogida Descargar
6 INFORME DE SUPERVISIÓN 2023 - Linea de Acción: Fortalecimiento y Vinculación - Proyectos Ambulatorios de Prevención Focalizada (PPF) Descargar
7 INFORME DE SUPERVISIÓN DIURNO 2023 - Linea de Acción: Cuidado Alternativo Residencial - Residencias de Administración Directa (CREAD) Descargar
8 INFORME DE SUPERVISIÓN DIURNO 2023 - Linea de Cuidado Alternativo Residencial - Residencias Ejecutadas por Colaboradores Acreditados Descargar
9 INFORME DE SUPERVISIÓN 2023 - Línea Intervenciones Ambulatorias de Reparación - Programa de Intervención con Niños/As Institucionalizados y su Preparación para la Integración a Familia Alternativa a la de Origen (PRI) Descargar
10 INFORME DE SUPERVISIÓN DIURNO 2023 - Linea de Acción: Cuidado Alternativo Residencial - Residencias Familiares (RFA) de Administración Directa Descargar
11 INFORME DE SUPERVISIÓN HORARIO NO HÁBIL 2023 - Línea de Cuidado Alternativo Residencial: Proyectos Ejecutados Directamente o por Colaboradores Acreditados Descargar
12 INFORME DE SUPERVISIÓN DIURNO 2023 - Residencias Ejecutadas por Organismos Coadyuvantes Descargar
13 INFORME DE SUPERVISIÓN 2023 - Línea de Acción: Adopción - Fundaciones que Ejecutan Programas de Adopción Descargar
14 INFORME DE SUPERVISIÓN HORARIO NO HÁBIL 2023 - Línea de Cuidado Alternativo Residencial: Proyectos Ejecutados por Colaboradores Acreditados sin AFE Descargar
15 INFORME DE SUPERVISIÓN HORARIO DIURNO 2023 - Línea de Cuidado Alternativo Residencial - Residencias Ejecutadas por Colaboradores Acreditados sin AFE Descargar
16 Informe de asesoría para la oferta de cuidado alternativo residencial (colaboradores acreditados) Descargar
17 Informe de Supervisión 2023 Proceso de cierre Oficinas de Protección de Derechos (OPD) Descargar


Rúbricas Informes de Supervisión

Documento Enlace
1 RÚBRICA INFORME DE SUPERVISIÓN 2023 - Línea de Acción: Intervención Ambulatoria de Reparación - Proyectos Ambulatorios (Excluye PRI, PPF, OPD, DAM, FAE, FDD, FAE Captación, Residencias, Fundaciones y Centros de Organismos Coadyuvantes) Descargar
2 RÚBRICA INFORME DE SUPERVISIÓN 2023 - Línea de Acción: Cuidado Alternativo Familiar Informe de Supervisión Proyectos de Familia de Acogida (FDD-FAE-/PRO- FAE) Descargar
3 RÚBRICA INFORME DE SUPERVISIÓN 2023 - Línea de Acción: Diagnóstico Clínico Especializado y Seguimiento de Casos, y Pericias - Programa Diagnóstico Ambulatorio Descargar
4 RÚBRICA INFORME DE SUPERVISIÓN 2023 - Línea de Acción: Fortalecimiento y Vinculación - Proyectos Ambulatorios Oficinas de Protección de Derechos (OPD) Descargar
5 RÚBRICA INFORME DE SUPERVISIÓN 2023 - Línea de Acción: Cuidado Alternativo Familiar - Informe de Supervisión Proyecto de Captación de Familia de Acogida Descargar
6 RÚBRICA INFORME DE SUPERVISIÓN 2023 - Línea De Acción: Fortalecimiento y Vinculación - Proyectos Ambulatorios ye Prevención Focalizada (PPF) Descargar
7 RÚBRICA INFORME DE SUPERVISIÓN DIURNO 2023 - Línea de Cuidado Alternativo Residencial: Residencias de Administración Directa (CREAD) Descargar
8 RÚBRICA INFORME DE SUPERVISIÓN DIURNO 2023 - Línea de Cuidado Alternativo Residencial - Residencias Ejecutadas por Colaboradores Acreditados Descargar
9 RÚBRICA INFORME DE SUPERVISIÓN 2023 - Línea Intervenciones Ambulatorias de Reparación - Programa de Intervención con Niños/as Institucionalizados y su Preparación para la Integración a Familia Alternativa a la de Origen (PRI) Descargar
10 RÚBRICA INFORME DE SUPERVISIÓN DIURNO 2023 - Línea de Cuidado Alternativo Residencial: Residencias Familiares (RFA) de Administración Directa Descargar
11 RÚBRICA INFORME DE SUPERVISIÓN HORARIO NO HÁBIL 2023 - Línea de Cuidado Alternativo Residencial: Proyectos Ejecutados Directamente o por Colaboradores Acreditados Descargar
12 RÚBRICA INFORME DE SUPERVISIÓN DIURNO 2023 - Residencias Ejecutadas por Organismos Coadyuvantes Descargar
13 RÚBRICA INFORME DE SUPERVISIÓN 2023 - Fundaciones que Ejecutan Programas de Adopción Descargar
14 RÚBRICA INFORME DE SUPERVISIÓN HORARIO NO HÁBIL 2023 - Línea de Cuidado Alternativo Residencial: Proyectos Ejecutados por Colaboradores Acreditados sin AFE Descargar
15 RÚBRICA INFORME DE SUPERVISIÓN DIURNO 2023 - Línea de Cuidado Alternativo Residencial: Residencias Ejecutadas por Colaboradores Acreditados sin AFE Descargar
16 Rúbrica de Informe de Asesoría para la oferta de cuidado alternativo residencial (colaboradores acreditados) Descargar
17 Rúbrica Informe de Supervisión 2023 Proceso de cierre Oficinas de Protección de Derechos (OPD) Descargar
...

Unidad de Gestión y Evaluación de Colaboradores tiene como propósito la coordinación de la gestión administrativa de los Organismos Colaboradores Acreditados.

Como contraparte institucional, es la encargada de asegurar el estándar de calidad y el cumplimiento de las exigencias establecidas por el Servicio. A su vez, es la responsable de ejecutar la resolución oportuna de incidencias, el traspaso de información y el acompañamiento que los Organismos Colaboradores Acreditados requieran.

Documento Enlace
1 Registro de NNA Descargar

El valor de la USS para el 2022 será de $18.480. Este valor se aplicará a todos los convenios suscritos en Sename que sigan vigentes a la fecha, y a todos aquellos convenios del programa de Oficina de Protección de Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes (OPD), al regirse estos últimos bajo la normativa de Sename.

Por otro lado, conforme a la ley 21.302, todos los convenios que se suscriban en Mejor Niñez a través de concursos públicos, con excepción de los programas de Oficina de Protección de Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, se aplicará para el pago durante el 2022 el valor de la UF al 1 de enero, correspondiente a 30.996,7.

Son personas jurídicas sin fines de lucro, personas naturales o instituciones públicas que sean reconocidas legalmente como tal y que colaboren en las prestaciones que debe proporcionar el Servicio.

Sólo podrán ser Colaboradores Acreditados aquellas personas jurídicas, personas naturales o instituciones públicas que den permanentemente cumplimiento a los requisitos y estándares de acreditación, dispuestos en la Ley N°21.302, Ley N°20.032 y los Reglamentos de Acreditación y de Estándares para la Acreditación y para los programas.

Los Colaboradores Acreditados por el Sename que estén reconocidos como tales por dicho órgano, deberán volver a acreditarse conforme a la Ley N°21.302 y los requisitos y estándares dispuestos por los Reglamentos vigentes. Particularmente aquellos que tengan proyectos vigentes en Mejor Niñez, deberán acreditarse en el período de un año contado desde la entrada en vigencia de la Ley N°21.302, es decir, hasta el 01 de Octubre de 2022 para mantener la ejecución de dichos proyectos.

Por otra parte, las entidades coadyuvantes del Servicio Nacional de Menores que no se encuentren acreditadas a la fecha de entrada en vigencia de la Ley N°21.302, también deberán hacerlo dentro del plazo de un año, es decir, hasta el 01 de Octubre de 2022, conforme a los requisitos y procedimientos dispuestos por la normativa vigente.

La acreditación tendrá carácter indefinido y, sin perjuicio de la aplicación de sanciones definidas en el artículo 41° de la Ley N°21.302, podrá ser revocada bajo las siguientes causales:

  • Que el Colaborador no tenga proyectos vigentes por un plazo de tres años consecutivos.
  • Que el Colaborador deje de cumplir de modo no subsanable alguno de los requisitos señalados en el artículo 6° de la Ley N°20.032 para personas jurídicas, y los señalados en el inciso cuarto del artículo 36° de la Ley N°21.302 para personas naturales.
  • Que la persona natural o bien, los miembros del directorio, representante legal o los gerentes o administradores de personas jurídicas incurran en alguna de las inhabilidades o incompatibilidades para ser Colaborador Acreditado establecidas en la Ley N°20.032.
  • Que el Servicio, en más de una ocasión haya puesto término anticipado a un convenio respecto de un mismo Colaborador, acorde con lo previsto en el artículo 9 bis de la Ley N°20.032.

Entre otras innovaciones, la implementación de Mejor Niñez supone la instalación de nuevos procesos especializados, entre los cuales destacan:

  • Transferencia Técnica: Se orienta a implementar estrategias y metodologías de transferencia de conocimientos, habilidades y competencias especializadas, dirigidas directamente a los profesionales que ejecutan la oferta de protección especializada de Administración Directa, Colaboradores Acreditados y Equipos Regionales de Adopción.
  • Asistencia técnica:Se orienta a proporcionar asesoría especializada a los equipos técnicos de los Colaboradores Acreditados y Centros de Administración Directa para que los procesos interventivos sean efectivos y proporcionen bienestar integral a los niños, niñas y adolescentes sujetos de atención del Servicio.
  • Fiscalización: Se orienta a controlar y verificar el correcto desempeño de los Colaboradores Acreditados, velando por el cumplimiento de lo establecido en la normativa legal, reglamentaria y normas técnicas determinadas conforme a ellas, respecto de la ejecución de los programas de protección especializada; de las instrucciones que emanen del Director/a Nacional y/o Directores/as Regionales, así como el correcto uso y destino de los recursos otorgados, resguardando de esta forma la vida y la integridad física y psíquica de los niños, niñas y adolescentes.
  • Sancionatorio: Refiere al conjunto de acciones destinadas a recabar información ante la eventual comisión de una infracción por parte de un Colaborador Acreditado en la ejecución de un programa de protección especializada, con el fin de determinar, en base a los antecedentes tenidos a la vista, la aplicación de una sanción.
  • Participación de niños, niñas y adolescentes: Se orienta a generar las condiciones adecuadas para que los sujetos de atención y sus familias puedan ejercer de forma plena su derecho a participar y ser oídos en los diversos procesos que les competen, recogiendo de manera oportuna sus opiniones e impresiones respecto de las diversas materias que les involucran, promoviendo la asociatividad y la utilización de los mecanismos de exigibilidad de derechos dispuestos en los diversos ejes programáticos de la oferta vigente.

En la Dirección Nacional se crea el Departamento de Acreditación y Gestión de Colaboradores, el cual se compone de dos Unidades, a saber:

  • Unidad de Acreditación: Tiene como propósito coordinar el proceso de acreditación de los Colaboradores, procurando la evaluación oportuna y objetiva de sus antecedentes, conforme a los procedimientos definidos, a efecto de garantizar que la oferta institucional sea provista por entidades y/o personas naturales que cumplan con los estándares técnicos y administrativos establecidos por el marco normativo vigente.
  • Unidad de Gestión de Colaboradores: Tiene como propósito coordinar la gestión administrativa de los Colaboradores Acreditados, posicionándose como la contraparte institucional de estos para la resolución oportuna de incidencias, el traspaso de información y el acompañamiento para el cumplimiento permanente de los estándares con los cuales se acreditaron, así como también el mejoramiento continuo de su gestión institucional.

Adicionalmente, a nivel regional, se ha definido el rol del Gestor de Colaboradores.

Lo anterior, no excluye los demás puntos de contacto entre Mejor Niñez y los proyectos administrados por Colaboradores Acreditados, donde destacan los roles de: (1) Supervisores Técnicos, (2) Supervisores Financieros-Administrativos; (3) Asistentes Técnicos; (4) Fiscalizadores, entre otros.

  • Acreditarse bajo las disposiciones de la Ley N°21.302 y los Reglamentos vigentes.
  • Dar cumplimiento permanente a los estándares de acreditación y de ejecución de programas, detallados en el Reglamento dispuesto para tales fines.
  • Reportar información para la mantención de los Registros exigidos por la Ley N°21.302, según lo exigido por la normativa vigente, en la forma y oportunidad que Mejor Niñez disponga.
  • Participar de los procesos de licitación para ejecutar la oferta programática de Mejor Niñez, de acuerdo con lo establecido en las Bases Técnicas y Administrativas de cada concurso.
  • Colaborar permanentemente con la ejecución de los procesos de supervisión, asistencia técnica, transferencia técnica, fiscalización, entre otros.
  • Las demás establecidas en el marco normativo vigente que rige a Mejor Niñez.

Sí, se sancionarán diversas conductas con amonestación escrita, multa, término anticipado, inhabilitación temporal y término de acreditación, según corresponda.

Las conductas sancionadas van desde las menos graves, como incumplir ciertas obligaciones del convenio, pasando por las graves, como vulneración de la vida e integridad física y psíquica de los niños, niñas o adolescentes sujetos de atención del Servicio.

Para la determinación de la sanción, en el caso de las infracciones graves, el Servicio procurará que su aplicación resulte idónea para el cumplimiento de los fines de la protección especializada de niños, niñas y adolescentes.

Perderá indefinidamente su acreditación el colaborador acreditado que tenga como miembros de su directorio, representante legal, gerentes o administradores a personas que figuren en el registro de personas con prohibición para trabajar con menores de edad; o en el registro de condenados por actos de violencia intrafamiliar.

Será considerada como infracción gravísima la ocurrencia de los delitos que afecten la vida, salud, integridad, libertad e indemnidad sexual de niños, niñas y adolescentes y que afecten el correcto uso de recursos públicos.

La infracción gravísima puede ser sancionada hasta con el término de la acreditación.

La determinación de la sanción necesariamente derivará de la ejecución de un proceso de fiscalización y sancionatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 41° la Ley N°21.302.

Documento Enlace
1 Resolución Exenta N° 172. Ref.: Aprueba los lineamientos para la ejecución del proceso de fiscalización y plan de fiscalización para el año 2023 y sus anexos Descargar PDF
2 Anexos Resolución Exenta N° 172: (15 documentos PDF) Descargar ZIP
Documento Enlace
2 Resolución Exenta N° 565, del 31-05-2023: Aprueba instructivo de rendición de cuentas de proyectos y administraciones centralizadas ejecutadas por Colaboradores Acreditados, del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia. Descargar PDF
2 Resolución Exenta N° 309, del 24-03-2023: Aprueba instructivo de registro, control, traspaso y baja de bienes inventariables, de los Colaboradores Acreditados del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia Descargar PDF
2 Resolución Exenta N° 249, del 10-03-2023: Rectifica y fija el texto refundido de los Lineamientos para la Ejecución del Proceso de Supervisión Financiera y Plan de Supervisión año 2023 Descargar PDF
Documento Enlace
2 Resolución Exenta N° 1311, del 17-10-2023: Deja sin efecto la Resolución Exenta N° 654 de 2023, que aprueba Nota Técnica: Validación técnica de solicitud de formación y establece orientaciones para el cumplimiento de los artículos 26 bis y 30, ambos de la Ley 20.032 sobre capacitaciones e iniciativas de autocuidado. Descargar PDF

El valor de la USS para el 2022 será de $18.480. Este valor se aplicará a todos los convenios suscritos en Sename que sigan vigentes a la fecha, y a todos aquellos convenios del programa de Oficina de Protección de Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes (OPD), al regirse estos últimos bajo la normativa de Sename.

Por otro lado, conforme a la ley 21.302, todos los convenios que se suscriban en Mejor Niñez a través de concursos públicos, con excepción de los programas de Oficina de Protección de Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, se aplicará para el pago durante el 2022 el valor de la UF al 1 de enero, correspondiente a 30.996,7.

2. Preguntas Frecuentes Concurso OPD

Desde la fecha de comunicación de los resultados del concurso en la página Web del Servicio, los organismos colaboradores que se adjudiquen los proyectos tendrán un plazo máximo de 8 días hábiles para remitir vía digital los documentos requeridos respecto del Recurso Humano y Material, en formato PDF. Estos son los referidos en la letra a.1) del numeral 11. "Convenios".

Además, dentro de los 8 días anteriores a que el convenio comience su ejecución, el colaborador con el cual se suscribió el convenio debe presentar la información actualizada a que se refieren los numerales 2), 3), 4) y 5) de la letra a.1, numeral 11. "Convenios" de las bases administrativas del concurso. Si se cambia el equipo de trabajo y/o el inmueble, deberá remitir toda la información a que se refieren las letras a.1 y a.2, respectivamente. En el evento de no enviarse esta información en los términos requeridos conforme a las Bases y Orientaciones Técnicas o dentro del plazo señalado, se podrá poner término anticipado al convenio.