No es una información requerida para la evaluación de las propuestas presentadas.
No es una información requerida para la evaluación de las propuestas presentadas ni para la suscripción de los convenios en caso de ser adjudicados.
No está sujeto a un período de ejecución específico.
En caso que no haya un periodo señalado para el indicador, el porcentaje se calcula en base al período por el que se licita el proyecto (ver anexo Nº1 de la licitación).
Sí, de acuerdo lo señalado en las bases administrativas y carta de compromiso (Anexo Nº5).
Conforme a las bases administrativas, anexo N°9, Formato de currículum vitae y Anexo N°5 Formato de Carta de Compromiso, relativo al Recurso Humano, se debe adjuntar la documentación de respaldo y certificaciones universitarias y técnicas según corresponda, que acrediten el cumplimiento de los estudios de pre grado y post grado que se indican, entre ellos, el título profesional o técnico de todo el personal que trabajará en el proyecto, sin exigir que sea legalizado.
Solamente se debe incluir en la matriz lógica lo que está estipulado.
La matriz lógica no debe ser modificada.
Lo señalado en el anexo es lo mínimo establecido por las Orientaciones técnicas de cada modalidad.
El total de integrantes del equipo puede ser aumentado.
Los nuevos convenios suscritos entre el Servicio y los Colaboradores Acreditados que se adjudiquen los proyectos -en virtud de una licitación pública de proyectos- comenzarán a regir el primer día del mes siguiente al de la total tramitación de la Resolución que lo apruebe, de acuerdo con lo indicado en las bases administrativas publicadas.
Efectivamente, sólo en formato digital por correo electrónico, de acuerdo a lo señalado en las bases administrativas.
El personal que los colaboradores acreditados contraten para la ejecución de los proyectos no tendrá relación laboral alguna con el Servicio Nacional de Protección Especializada a La Niñez y Adolescencia, sino que exclusivamente con dichos colaboradores, siendo responsabilidad de éstos el estricto cumplimiento de las normas laborales y previsionales.
El Servicio Nacional de Protección Especializada a La Niñez y Adolescencia no podrá intervenir en materias de orden laboral ni relativas a la relación contractual establecida entre los colaboradores acreditados y sus trabajadores, sin perjuicio de la fiscalización y supervisión del gasto, verificando la correcta inversión de los recursos entregados por el Estado y de la calificación técnica de su personal comprometida en el respectivo proyecto.
El tamaño de la hoja debe ajustarse al formato que tienen los formularios en word publicados.
Se debe enviar un solo PDF que contenga todos los documentos requeridos para la postulación, los cuales están indicados en las bases administrativas.
Los enfoques transversales no están consignados como parte del formulario de presentación de la propuesta, pero deben ser cumplidas por ser parte de las orientaciones y bases técnicas de cada modalidad.
La matriz lógica no puede ser modificada, ni en sus objetivos ni en sus demás componentes. Por ello, no se pueden agregar objetivos anexos.
El proyecto debe ser presentado vía electrónica, firmado y en formato PDF. No se requiere que el proyecto esté suscrito con firma electrónica. Sin embargo, si el proyecto quisiera firmar con firma electrónica certificada, podría hacerlo (pero no es obligación).